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OBJETIVOS, RECICLADO Y LEGISLACIÓN

Los primeros objetivos de reciclado de envases que se establecían para toda Europa en la Directiva del año 1994 se cumplieron ya en el 2001. Y, a partir de ahora, ¿qué va a pasar? ¿Para cuándo los nuevos objetivos? ¿Y en plásticos cuál será el objetivo a cumplir?

El Consejo de Ministros de la UE, reunido el 6 de marzo de 2003, aprobó la Posición Común sobre la revisión de la Directiva de Envases 94/62.

DIRECTIVA de ENVASES (revisión) Propuesta Comisión
(dic 2001)
Consejo Posición Común
(6 marzo 2003)
Parlamento Comité M.Ambiente
(28 marzo 2003)
VALORIZACION TOTAL
Objetivo máx (%) Objetivo mín (%)


75
60


-
60


75
65
RECICLADO TOTAL Objetivo máx (%) Objetivo mín (%)
70
55

80
55

80
60
RECICLADO por MATERIAL
Vidrio (%)
Papel (%)
Metal (%)
PLASTICOS (%) Madera (%)


60
55
50
20
-


60
60
50
22,5
15

 

60
60
50
22,5
-

FECHA LIMITE Jun 2006 Dic 2008 Dic 2007 para los objetivos totales y Dic 2008 para los objetivos de reciclado por material


Posteriormente, durante el trámite de 2ª lectura del Parlamento europeo, en el Comité de Medio Ambiente (Propuesta Corbey, 28/3/03) se ha barajado un incremento en el objetivo de reciclado para el conjunto de los materiales, del 60% en lugar del 55% que propuso el Consejo y la fecha del 2007 en lugar del 2008 que propuso el Consejo para su cumplimiento.

Además y, en relación a plásticos, mantiene el objetivo de reciclado del 22,5% para envases plásticos a cumplir en el 2008, pero admitiendo la posibilidad de contabilizar también, en dicho objetivo, el reciclado del plástico biodegradable mediante compostaje.

El calendario previsto, a partir de ahora, es:

21-22 may: voto en la Comisión de Medio Ambiente sobre el Informe Corbey
2-5 jun o 1-3 jul: voto en Plenaria del Parlamento.


Si no coinciden las tesis del Parlamento y del Consejo, se iniciaría el trámite de "Conciliación" que retrasaría la aprobación de la Directiva hasta el 2004.

Como fabricante de envases de plástico me preocupa cuándo y en qué términos se va a publicar la nueva Directiva de Envases que luego tendrá su correspondiente Ley en España. Lo último que sé es que no se ponían de acuerdo el Consejo y el Parlamento ¿Sigue la cosa igual?

No sigue igual. Se acaba de acelerar el proceso de tramitación de la nueva Directiva de Envases, como consecuencia de la opinión que acaba de manifestar el Parlamento europeo en su reunión del 2 de julio.

El resultado de la votación en la sesión plenaria del parlamento europeo, en ésta su 2ª lectura, refleja un acercamiento de posturas con el Consejo, pues tanto en objetivos de reciclado como en fecha para su cumplimiento, coincide con el acuerdo adoptado por la Posición Común del Consejo de marzo de 2003.

DIRECTIVA de ENVASES (revisión) Parlamento europeo 2ª lectura
(2 de julio de 2003)
VALORIZACION TOTAL
Objetivo máx (%)
Objetivo mín (%)

-
60
RECICLADO TOTAL
Objetivo máx (%)
Objetivo mín (%)

80
55
RECICLADO por MATERIAL
Vidrio (%)
Papel (%)
Metal (%)
PLASTICOS (%)
Madera (%)

60
60
50
22,5
15
FECHA LIMITE 31 Diciembre 2008

Afortunadamente, el Parlamento ha abandonado sus tesis iniciales de exigir como fecha límite de cumplimiento el 31.12.2007 aceptando la propuesta del Consejo de establecer el 31.12.2008. De esta manera, no será preciso llegar a Comité de Conciliación y, posiblemente, la nueva Directiva estará aprobada a finales del año 2003.

Me acabo de enterar de que se ha publicado en el BOE recientemente una nueva normativa sobre incineración de residuos. ¿Qué novedades aporta a la legislación en vigor actualmente en España?

El BOE del 14 de junio de 2003 publicó el Real Decreto sobre incineración de residuos que traspone a la legislación española la Directiva europea 2000/76/CE.

El objeto de este Real Decreto es impedir o limitar los riesgos para la salud y los efectos negativos sobre el medio ambiente tanto de las actividades de incineración, propiamente dichas, como de las instalaciones donde se coincineren residuos, aunque se trate de instalaciones cuya su actividad principal sea la generación de energía o la fabricación de productos.

Los principales aspectos de esta nueva normativa son:

Endurecimiento de las condiciones para la entrega y recepción de los residuos en las incineradoras.
Incremento de los requisitos técnicos a cumplir por las instalaciones para su construcción y funcionamiento.
Armonización de los valores límite para los residuos que se incineren o coincineren, tanto si son peligrosos como si son de origen urbano.
Mayores restricciones en cuanto a los valores límite para las emisiones a la atmósfera de los diferentes gases contaminantes.

Parece ser que en Europa la valorización energética de los residuos empieza a ser considerada una opción interesante como complemento al reciclado mecánico, incluso en la nueva Directiva europea de Envases ¿Es cierto esto?

Efectivamente, la Posición Común adoptada por el Consejo el 6 de marzo del 2003 relativa a la modificación de la Directiva europea 94/62/CE de Envases y Residuos de Envases, establece en su artículo 6 apartado 3 lo siguiente:

"Los Estados Miembros deberán promover la valorización energética, cuando resulte apropiado, siempre que sea preferible al reciclado material en base a razones medioambientales y de coste-beneficio."
Por otra parte, un estudio reciente llevado a cabo en Suecia, pais considerado a la vanguardia en términos ambientales, confirma que la obtención de energía a partir de residuos es una buena opción para la gestión de los residuos urbanos, mientras que Irlanda acaba de anunciar la puesta en marcha de su primera planta de incineración.

Mientras que, hasta ahora, cuando se comparaban dos sistemas de gestión para determinados residuos o cuando se comparaba un material frente a otro para una aplicación concreta, se hablaba de Análisis de Ciclo de Vida (ACV´s), de la cuna a la tumba y tal, ahora empiezo a escuchar otro concepto, el ACB ¿De qué se trata? ¿Es lo mismo?

El ACB significa Análisis de Coste-Beneficio que viene a considerar tanto aspectos ambientales como económicos.

Aplicado a los envases, la propuesta de Directiva que el Parlamento europeo propone en su 1ª lectura menciona la necesidad de que los Estados Miembros velarán porque los sistemas de recogida selectiva de envases y su valorización posterior reflejen los diferentes costes y beneficios económicos y medioambiental. Además, en la definición de los nuevos objetivos para el período 2006-2011, deberán considerarse las conclusiones de investigaciones científicas y técnicas tales como ACV y ACB´s.

Para el caso concreto de los plásticos, existe un interesante estudio de ACB llevado a cabo por el prestigioso Instituto holandés TNO, que compara diferentes escenarios posibles para la valorización de residuos de envases plásticos, en términos de ecoeficiencia.

Fabricar envases con material reciclado será obligatorio en Bélgica dentro de muy poco ¿es cierto que una ley belga exigirá esto?

El año pasado, el gobierno belga presentó una Ley que introducía una ecotasa (impuesto ecológico) para los envases de un solo uso utilizados para cerveza, agua mineral y refrescos. Las reacciones contrarias de otros países que le acusaban de clara discriminación y especialmente para los productos de "importación" (el 60% de las aguas envasadas), se materializó en la redacción de un proyecto de Decreto, a principios de este año 2003, que exime de dicha ecotasa a aquellos envases que contengan un mínimo de material reciclado en su composición:

del 70% para los envases de vidrio,
del 50% para el resto de los materiales.

Y, además, debían ir marcados por medio de un signo distintivo.
Recientemente, nuevas presiones desde Bruselas, han hecho desistir al gobierno belga de la idea del marcado, aunque sigue empeñado en la exigencia del mínimo contenido en reciclado, aspecto muy difícil de cumplir en países donde, como es el caso de España, está prohibido el uso de plástico reciclado en envases de uso alimentario.

Se suele hablar casi siempre de reciclado de envases, pero tengo entendido que la ley obliga también a recuperar energéticamente los residuos de envases ¿es eso cierto? ¿cómo afecta a los plásticos en particular?

La ley de Envases habla, no solo de objetivos de reciclado para el conjunto de los envases y específicos por material, sino también de alcanzar unos determinados niveles de valorización en su conjunto. La valorización significa reciclar o valorizar energéticamente por otro medio. En el supuesto caso de que se alcanzara la cuota máxima de reciclado (45%) todavía sería necesario recurrir a la recuperación energética para cumplir con los niveles mínimos establecidos por Ley para la valorización en su conjunto (50%). Aunque el objetivo mínimo de valorizar energéticamente el 5% que marca la Ley de Envases es para el conjunto de los materiales, son los plásticos los que pueden ofrecer el mayor rendimiento energético. Los residuos plásticos pueden actuar como un excelente combustible alternativo a los habituales en plantas cementeras, térmicas, etc.

En el polígono industrial donde se ubica mi empresa, otras compañías me comentan la obligación que tenemos todos de presentar a las autoridades ambientales el llamado "Plan Empresarial de Prevención" dado que usamos muchos embalajes cuando vendemos nuestros productos. ¿Qué hay de verdad en todo esto? Soy fabricante de plásticos ¿Quién me puede asesorar y ayudar a cumplir si es que estoy obligado?

Efectivamente, la Ley 11/97 de Envases obliga a todas las empresas que usan envases y embalajes en la distribución de sus productos a redactar y presentar ante su Comunidad Autónoma un Plan Empresarial de Prevención que incluya información detallada sobre los envases que emplea, las medidas que está aplicando en materia de prevención de envases, así como las previsiones futuras para la disminución en peso de la relación continente / contenido, el número de envases reutilizables, etc. Si su empresa es del sector plásticos, productor o transformador, tiene la oportunidad de adherirse al Plan Sectorial de Cicloplast que, en su nombre, responderá ante las Comunidades Autónomas en las que estén situadas su(s) fábrica(s).

He oído hablar de una modificación a la Ley de Envases que obliga a crear un SIG para los envases de fitosanitarios ¿qué hay de cierto?

Una modificación a la Ley de Envases, publicada en el BOE del 30 de diciembre de 2000, permite al gobierno establecer, mediante Reglamento, que los envasadores de productos industriales sean responsables de la gestión final de los residuos de sus envases, siempre que se trate de productos peligrosos. Para ello, pueden optar entre Sistema de Depósito o, alternativamente, organizar un Sistema Integrado de Gestión (SIG) como el de Ecoembalajes (para los envases domésticos). Hasta ahora, la responsabilidad en materia de gestión de residuos, residía en el poseedor final para el caso de los envases industriales. Esto, se indicaba habitualmente en la factura o albarán de entrega de la mercancía. Los fabricantes de plásticos (materias primas y transformadores) que ya estén integrados en Cicloplast están cubiertos así de su responsabilidad por Ley como fabricantes, tanto para el caso de envases domésticos como de envases industriales.

Además de Ecoembes y Ecovidrio, el tercer sistema de gestión creado al amparo de la ley de Envases parece ser el de los envases farmacéuticos ¿quién está detrás de todo ello? ¿qué modelo de gestión va a seguir?

Conocido como SIGRE, este Sistema Integrado de Gestión, nace en referencia a la Ley de Envases, para ocuparse de la gestión de los envases de productos farmacéuticos. Los laboratorios fabricantes (Farmaindustria), farmacias y distribuidores (Cofares, entre otros) unen así sus voluntades para implantar un sistema similar al "punto verde" que financie las recogidas selectivas de los envases en las farmacias. Cartón (33%), vidrio (22%) y plásticos (21%) constituyen los materiales más comunes en un sector que emplea 900 millones de envases al año.

Tengo noticia de que además de existir legislación acerca de los envases, en estos momentos se está desarrollando legislación para otras fuentes de generación de residuos. ¿Cuáles son estas?.

En estos momentos, además de los envases existen dos líneas principales de actuación abiertas. Estas son los residuos provenientes de todos los equipos eléctricos y electrónicos (televisores, ordenadores, neveras, etc), así como los residuos provenientes de los automóviles. En esta última línea de actuación, se encuentra ya aprobada una Directiva europea. Estas obligaciones serán las de:

Reutilizar o valorizar, antes del 1 de enero de 2006, el 85 % en peso del vehículo. Antes de esa fecha se deberá reciclar como mínimo un 80 % en peso. Si el automóvil esta fabricado antes del 1 de enero de 1980 los porcentajes serán del 75 % y 70 % respectivamente.
Reutilizar o valorizar, antes del 1 de enero de 2015 el 95 % en peso del vehículo. Antes de esa fecha se deberá reciclar como mínimo un 85 % en peso.
Todo automóvil que sea fabricado después del 1 de enero de 2005 deberá de ser reciclable como mínimo en un 85 % de su peso.


Toda esta gestión de los automóviles garantizará, que tanto el vehículo como cada uno de sus componentes, tenga la gestión más correcta desde el punto de vista medioambiental. Cicloplast ya se encuentra trabajando por ello.

Mi compañía pertenece al ramo de la industria de plásticos. He oído comentar que a corto medio plazo, se adoptará en España "la ventanilla única" para la gestión de los residuos de mi planta. ¿Qué es exactamente?

La ventanilla única hace referencia a la Directiva europea 96/61/CE, sobre prevención y control integrado de la contaminación (IPPC). Esta directiva establecerá el control en la gestión total de los residuos generados en los procesos productivos en todos sus ámbitos (atmosférico, efluentes, contaminación de suelos, etc.). Esta directiva viene a establecer los permisos, procedimientos, trámites y duración de los mismos, para la puesta en marcha o adecuación de los procesos productivos. Procesos estos que vienen descritos en la citada Directiva y que abarcan desde la industria acerera, química (en la que se engloba la de los plásticos, papelera, etc.). Al englobarse en estos permisos todos los aspectos medioambientales (permisos residuos...), se la ha conocido coloquialmente como la ventanilla única.

Me cuentan que la nueva filosofía de la Comisión de las CCEE parece plantear un cambio en la estrategia de la UE de cara al futuro. Si hasta ahora se estaban estableciendo objetivos de reciclado por productos, el nuevo enfoque se orienta hacia objetivos por materiales. ¿Está muy avanzando el tema? ¿Ya es una Directiva? ¿Cómo afectará a los plásticos?

Efectivamente, existe una Comunicación de la Comisión de las Comunidades europeas sobre el nuevo enfoque en la estrategia en materia de prevención y reciclado de los residuos en general. El documento es de mayo del 2003 y pretende abrir un debate sobre el tema. A través de dicha Comunicación pide opiniones al respecto a cualquier persona o entidad con una fecha límite del 30 de noviembre para opinar.

Como es habitual en estos casos, la Comisión una vez que analiza los comentarios recibidos, elabora y emite el llamado Libro Verde que supone el Informe de las Conclusiones del debate y como la Comisión sugiere se actúe en el futuro que, en ocasiones, se traduce en una Resolución del Consejo.

La UE se ha centrado, hasta ahora, en establecer objetivos de reciclado de los productos fuera de uso, sin hacer distinciones entre materiales. Veáse el caso de las Directivas de Vehículos Fuera de Uso (VFU) y la de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE). La excepción es la Directiva de Envases ya que establece unos objetivos mínimos de reciclado por cada uno de los materiales.

Esta Comunicación de la Comisión plantea el interrogante de si es mejor establecer objetivos por materiales en lugar de por productos fuera de uso y también si es mejor objetivos generales a escala de toda la CE en lugar de nacionales.

Para los plásticos y el caso de España en concreto, Cicloplast se ha ocupado de se cumpliera a escala nacional con el objetivo del 15% de reciclado de envases plásticos (el Ministerio de Medio Ambiente ha informado a Bruselas de que se alcanzó el 19%) conforme a la Directiva del año 94 y está trabajando para cumplir con el próximo objetivo del 22,5% para el año 2008. En cualquier caso, la industria de plásticos en España está preparada para cualquier posible cambio en la estrategia de futuro, dado que el propio sector creó Cicloplast con una vocación universal, es decir, de ocuparse de todos los flujos de residuos plásticos, cualquiera que fuera su orígen de aplicación (envases, construcción, agricultura, ordenadores, automóvil, etc). Esto no es así en otros países europeos.

¿Qué es eso de la política integrada de producto de la que tanto se habla últimamente?

Política Integrada de Producto, también llamada IPP, es un nuevo enfoque de la política de la UE que comienza por plantearse cómo puede mejorarse el comportamiento ambiental de los productos a un coste viable. Se basa en la consideración de los impactos de los productos a través de su ciclo de vida, de la cuna a la tumba, desde los recursos naturales de los que provienen, a través de su uso y comercialización, hasta su eventual eliminación cuando se convierten en residuos.

En febrero del 2001 la Comisión europea adoptó el Libro Verde sobre la IPP y ,tras el debate oportuno, en junio del 2003, publicó la correspondiente Comunicación al Consejo y al Parlamento, donde se desarrolla el concepto del ciclo de vida medioambiental.

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